La teoría de
Locke acerca de la propiedad de la tierra combina la doctrina del Primer
Ocupante con la doctrina del Trabajo, pero también con alguna doctrina de
Servir al Prójimo. Resumida, su teoría dice lo siguiente:
Una parcela
de tierra T pertenece legítimamente a una persona P si, y sólo si:
(1) P es el
primer ocupante de T (o le fue transferida de manera voluntaria y pacífica por
su primer ocupante o por sus sucesores);
(2) P mezcla
su trabajo en T;
(3) P
realiza en T un trabajo productivo (es decir, incrementa la cantidad de bienes
disponibles para sus vecinos o para la sociedad entera).
(Ver Ensayo
sobre el Gobierno Civil, Cap. V, par. 24-51)
En los think
tanks libertarianos suelen mencionarse las condiciones (1) y (2). Pero se
olvidan de la (3), lo cual distorsiona el espíritu lockeano. Para Locke, la
tierra es un regalo de Dios a los hombres. Les entregó la tierra para el
sustento y bienestar de todos. No obstante, Dios creó también la Ley Natural, o
Ley de la Razón, y esa Ley permite que un hombre particular se apropie de, y
disfrute los beneficios de, una parcela particular, siempre y cuando no se
la quite a nadie, trabaje en ella, y deje a otros lo suficiente para
que también esos otros puedan disfrutar. Sin embargo, al escasearse las
tierras, al no existir ya tierra suficiente para todos, sólo de una manera el
ocupante puede cumplir la condición (3): siendo productivo, esto es,
produciendo tal cantidad de bienes, que los otros no sean perjudicados por la
posesión privada de una fracción de tierra. Sólo así el ocupante queda
justificado ante Dios.
En otras
palabras, la propiedad lockeana no es absoluta: es condicionada. Yo,
propietario, tengo derecho a disfrutar los frutos de mi parcela. Pero no tengo
derecho a hacer en ella todo lo que quiera. No tengo derecho, por ejemplo, a
dejar que los frutos se pudran. Ni derecho a arrojarlos al mar. O a dejar de
producir. O a producir lo que nadie desea o necesita.